Premios «Protección de Datos en el Diseño» de la APDCAT

En el marco de la jornada “El nuevo Reglamento, un reto para las empresas”, que se celebrará por  l’APDCAT el próximo 20 de junio de 2016, de 09.30 a 13.00 horas, en el Parlamento de Catalunya, se hará entrega de los premios “protección de datos en el diseño”, en su cuarta edición.

La asistencia a la jornada es libre, pero se requiere inscripción previa llamando al teléfono 93 5527800 o enviando un correo electrónico a jornades.apdcat@gencat.cat.

Si deseáis ampliar información de la jornada os enlazamos aquí más información, y aquí el programa de la jornada en el que esta vez participa Rodolfo Tesone Mendizabal presidente de ENATIC.

Jornada “Retos y oportunidades del Big Data para la abogacía»

ENATIC celebra, el próximo 22 de Junio, la Jornada “Retos y oportunidades del Big Data para la abogacía” en la que se abordarán, desde distintos puntos de vista, las posibilidades que representa para la abogacía la expansión del Big Data y en la que disfrutaremos, como cierre, de una demostración de una herramienta de Big Data e Inteligencia Artificial diseñada para adaptarse a la gestión de la información eficaz personalizable a cualquier sector de actividad.

La jornada, sobre cuyo programa os informamos a continuación, se celebrará el próximo miércoles de 17:00 a 19:00 horas en la sala 2.3 del Consejo General de La Abogacía, Paseo de Recoletos 13 de Madrid, y tendrá el siguiente desarrollo:

17:00h. Bienvenida.

D. Rodolfo Tesone Mendizabal. Presidente de ENATIC.

17:15h. “Las oportunidades que ofrece el Big Data para la abogacía”.

D. Alejandro López. Coordinador de Inteligencia de INCIBE.

17:45h   «Aspectos y retos regulatorios del Big Data“.

D. Jorge Villarino. Socio director y de regulación en Vinces.

18:15h  Demo: herramienta de Big Data e Inteligencia Artificial.

           «Calisto: Big Data e Inteligencia Artificial aportando valor a la información”.

D. Alfonso García, hiberus INTELIGENCIA COMPETITIVA.

18:45h Turno de preguntas.

19:00h Clausura y encuentro-networking de abogados digitales.

Una jornada técnica en exclusiva para asociados de ENATIC que se celebra en una sala de menor capacidad a la habitual precisamente para propiciar la interacción y participación sobre una materia en auge que está suponiendo un gran reto a nivel regulatorio y ejecutivo para la abogacía digital. Si podéis acercaros, no os la perdáis.

La asistencia es gratuita hasta completar el aforo para todos los asociados de enaTIC previa inscripción a través del correo eventos@enatic.org.

Dado lo limitado del aforo, os rogamos no demoréis mucho la inscripción ya que el riesgo a no tener plaza es considerable en este caso.

Os informamos, además, que el evento será retransmitido en streaming a través de Canal Abogacía. En cuanto esté disponible el enlace de la retransmisión lo comunicaremos a través de nuestras Redes Sociales.

Os animamos a participar en esta interesante jornada, bien de manera presencial o mediante el streaming, así como a la interacción en Redes Sociales, a través de las que se aceptarán preguntas a los ponentes mediante el hasthag #BigDataENATIC

Big Data y Abogacia Digital enaTIC

Firma del acuerdo de colaboración enaTIC – CEAJ

Con fecha de hoy, ha quedado materializada mediante su firma, la constante colaboración que, venimos desarrollando estrechamente en la práctica con la Confederación Española de Abogados Jóvenes.
En el acto simbólico de la firma del acuerdo, que ha tenido lugar hoy en Zaragoza con la presencia de la adjunta a la Presidencia de enaTIC, Susana González Ruisánchez, y la Presidenta de CEAJ, Cristina Llop Velasco, así como diversas personas de su Junta, algunos de los cuales son ya asociados de ENATIC, se ha hecho hincapié en el impulso de acercar a los más jóvenes compañeros el derecho digital y el papel que la abogacía digital desempeña en el ejercicio de presente de nuestra profesión.

Acuerdo de colaboración CEAJ - enaTICEl convenio refleja las líneas eficaces de colaboración y diseño de un marco para la realización en común de actividades de divulgación, formación e investigación que redunden en beneficio de ambas organizaciones, con el objetivo último de promover entre la abogacía un mayor conocimiento del derecho de las tecnologías de la información y de la comunicación y sus implicaciones jurídicas.

Su materialización es sólo la continuación de un camino que deberemos reforzar entre todos con propuestas concretas, por lo que todas aquellas cuestiones que puntualmente se desarrollen os serán a todos informadas puntualmente.

 

RGPD e información: ¿más es menos?

Si se hiciera una encuesta a pie de calle sobre a qué sugieren las expresiones “Privacidad” o “Protección de datos”, probablemente los interrogados harían referencia a “esas cláusulas tan largas que he visto en algunos contratos”, “un papel que me dieron a firmar en tal o cual sitio”, “eso que te ponen en las webs cuando rellenas un formulario”, “eso que decían que iban a hacer con mis datos en no sé qué app”….

Es cierto, esta afirmación no tiene una base estadística ni parte de ninguna investigación, pero creo que estaremos de acuerdo en que no voy desencaminado si digo que para el común de los mortales una de las principales, si no la principal, expresión tangible de la Privacidad y la Protección de datos son las innumerables cláusulas y políticas sobre la materia que (afortunadamente) pueblan contratos, documentos, webs, apps…

Ahora bien, la puesta en práctica del Principio de Información, pilar primigenio y permanente de la Protección de datos, siempre ha adolecido y aun adolece de una sensación más o menos habitual de que la comprensibilidad de dichas cláusulas y políticas a veces no es la que debiera.

En muchas ocasiones, se perciben las cláusulas y políticas de Protección de datos y Privacidad como un texto que oculta más de lo que dice, que utilizan el lenguaje (jurídico o no) como barrera, que carecen de empatía y no toman en consideración las diferentes audiencias a que se dirigen, cuya enorme extensión está más dirigida a evitar su lectura que a promover su fácil comprensión, etc.

Frente a esa sensación de la que hablaba debíamos esperar una reacción, y si hablamos de Privacidad y Protección de datos, deberíamos esperar que el Reglamento General de Protección de Datos (quien no sepa de su larga y tortuosa gestación, su publicación, su entrada en vigor y su futura aplicabilidad…, igual está leyendo el post equivocado), sea la luz, la guía y la claridad para todo y para todos (si alguien aprecia una sutil ironía…, no me he expresado bien porque no pretendía ser sutil…).

En este sentido, el bálsamo de Fierabrás, perdón, el Reglamento General de Protección de Datos, dice en su Considerando 39 de forma tan elocuente, como contundente que: “Para las personas físicas debe quedar totalmente claro que se están recogiendo, utilizando, consultando o tratando de otra manera datos personales que les conciernen, así como la medida en que dichos datos son o serán tratados. El principio de transparencia exige que toda información y comunicación relativa al tratamiento de dichos datos sea fácilmente accesible y fácil de entender, y que se utilice un lenguaje sencillo y claro.”

En esta misma línea se expresa el Considerando 60, cuando dice que “Los principios de tratamiento leal y transparente exigen que se informe al interesado de la existencia de la operación de tratamiento y sus fines. El responsable del tratamiento debe facilitar al interesado cuanta información complementaria sea necesaria para garantizar un tratamiento leal y transparente, habida cuenta de las circunstancias y del contexto específicos en que se traten los datos personales.”

La traducción en regulación aplicable (en 2018, claro), de estos considerandos se contiene principalmente en los artículos 12, 13 y 14 del Reglamento. Y es ahí donde está el reto o quizá la paradoja. Una lectura de tales preceptos, sin entrar en interpretaciones sino con la mera literalidad, hace presumir que la regulación propuesta quiere alcanzar los objetivos de transparencia, inteligibilidad y fácil acceso, con cláusulas y políticas de privacidad y protección de datos realmente detallistas, profusas, precisas…., y por tanto presumiblemente largas.

 ¿Se quiere dar a entender que cuanto más se expliquen las cosas y cuanta más información se dé, mejor informado va a estar el titular de los datos? Si el problema es que los interesados no se leen las cláusulas y políticas por lo largas que son, si el problema es que los interesados no tienen la información de base para conocer de qué se les está hablando, ¿puede ser la solución “lanzarles” algo más grande? La aproximación de más es mejor tiene un riesgo cierto de que más sea menos y por tanto, el fin último del principio de información no se alcance.

Frente a unos requisitos sin duda detallistas (y sin entrar en la falta de empatía con el lector a la hora de elegir el lenguaje de cláusulas y políticas), propone el artículo 12 el uso de iconos: “7.La información que deberá facilitarse a los interesados en virtud de los artículos 13 y 14 podrá transmitirse en combinación con iconos normalizados que permitan proporcionar de forma fácilmente visible, inteligible y claramente legible una adecuada visión de conjunto del tratamiento previsto. Los iconos que se presenten en formato electrónico serán legibles mecánicamente. 8.La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 92 a fin de especificar la información que se ha de presentar a través de iconos y los procedimientos para proporcionar iconos normalizados.”

Desde luego que apoyo al 100%, y me quedo corto, la opción de los iconos, las realidades del mundo digital en que todos nos movemos apuntan a esta opción como una de las de mayor éxito. Pero son varios los aspectos que deben preocuparnos sobre la aproximación al tema de los iconos que hacen el Reglamento, al menos.

  • Han de usarse “en combinación”, con las cláusulas y políticas, ¿antes? ¿durante? ¿después? Y sobre todo, ¿para que poner iconos autoexplicativos si tenemos que acompañarlos de aquello a que se refieren?
  • Si están en formato electrónico deberán ser legibles mecánicamente. Perfecto, pero como hay que usarlos “en combinación”, con las cláusulas y políticas, ¿todo debe ser susceptible de ser legible mecánicamente?
  • Y la principal cuestión…, nada sabremos con certeza sin un acto delegado que diga “me gustan X iconos presentados de la manera Y”. ¿Se está imposibilitando que el mercado, los usuarios, los interesados…, elijan la opción que más les gusta de las que se les propongan? ¿Se está poniendo trabas a la autorregulación en un tema crítico?

Quedan muchas cosas sobre las que debatir y que interpretar en el Reglamento General de Protección de Datos. Pero creo que sin duda la relativa al Principio de información, a la transparencia de dicha información, debe ser tratada con especial anticipación e intensidad, porque afecta a aquellos elementos que conectan de manera directa a la Privacidad y Protección de datos con aquellos a quienes protege, aquellos cuyos datos son tratados y que deben ser informados de los tratamientos a través de la correspondientes cláusulas y políticas…, y sus iconos.

 

Francisco Javier Carbayo
Abogado
Socio de DELOYERS
javier@deloyers.com
deloyers.com
@fjcarbayo
es.linkedin.com/in/franciscojaviercarbayo/

enaTIC en Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática

El Comité Organizador del XX Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática que, como ya os informamos con anterioridad, se celebrará en Salamanca los días 19 a 21 de octubre, nos solicita que os traslademos la siguiente información:

  1. La Federación Iberoamericana de Derecho e Informática (FIADI), es la más antigua y consolidada Institución que trabaja temas en Derecho y Nuevas Tecnologías por y para Iberoamérica.
  1. El XX Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática establecerá sinergias entre destacados ponentes iberoamericanos, ya que su diseño es inclusivo y el programa final reúne únicamente las exposiciones que logran superar la evaluación a través de pares ciegos.
  1. Dentro del Congreso se incluirán talleres informáticos, los ingenieros que deseen participar también deberán remitir antes del 15 de junio de 2016 su propuesta al correo: congreso@fiadi.org
  1. Este evento pretende sentar las bases de la modernización del sistema judicial iberoamericano para avanzar hacia una verdadera Justicia 2.0.
  1. Los Asociados de ENATIC disfrutarán de tarifa reducida en la inscripción del Congreso.
  1. Los que deseen aprovechar al máximo el viaje a Salamanca así como acompañantes podrán realizar las actividades disponibles en la Agenda Social.

Aunque aún queda el verano por delante, apuntad la cita!

enaTIC participa en la Asamblea General de IFCLA

 

enaTIC en IFCLA Conference

enaTIC se adhirió recientemente a la INTERNATIONAL FEDERATION OF COMPUTER LAW ASSOCIATIONS como miembro español exclusivo.

Fruto de ello, ENATIC participa en la Asamblea General de IFCLA que tendrá lugar en Londres el próximo día 8 de junio con ocasión de la IFCLA CONFERENCE 2016 que se celebrará los días 9 y 10.

El programa completo de la IFCLA CONFERENCE 2016 puede verse haciendo clic aquí.

Nuestra compañera Belén Arribas, vocal de ENATIC y  liaison en IFCLA, participará tanto en la Asamblea General como en la Conferencia, habiendo sido invitada a moderar el panel sobre el Mercado Único Digital:

15.30 – 17.00: SESSION 4: Digital Single Market – Stocktake on Proposals

Chair: Belén Arribas Sánchez, Partner, Head of IT, MILINERS Abogados y Asesores Tributarios SLP, Barcelona

Speakers:

Roger Bickerstaff, Partner and Head of Digital Business Campaign, Bird & Bird, IFCLA President and SCL Trustee

Julie Samnadda, Legal Service of the European Commission, Brussels

Cornelia Kutterer, Director of Digital Policy, Microsoft, Brussels

La lista completa de expertos que intervendrán puede verse aquí.

Esperamos poder trasladaros algunas conclusiones de esta notable intervención.