Geolocalización y Protección de Datos

Con el rápido desarrollo tecnológico y la amplia difusión de dispositivos móviles inteligentes se ha desarrollado un nuevo tipo de servicios basados en la localización de las personas. El marco jurídico en la Unión Europea para el uso de los datos de geolocalización que surge de los teléfonos inteligentes es principalmente la Directiva sobre protección de datos. Nadie duda de los riesgos que para la privacidad tiene el servicio de geolocalización constante proporcionado por los smartphones o teléfonos inteligentes puesto que permiten la monitorización permanente de los datos de localización.

Esta colección de datos permite realizar unos perfiles muy completos y perfectos de sus usuarios. Dado que estos dispositivos

Fuente de la imagen: Pixabay.com / Andrey_Photos

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siempre están con su propietario bien en el bolsillo o en sus puestos de trabajo, contienen gran cantidad de información de la persona desde fotografías hasta mensajes electrónicos.  El continuo recibimiento de datos proporciona a los proveedores de servicios de geolocalización una recopilación exhaustiva de los hábitos y costumbres de los propietarios de los teléfonos inteligentes.  La recopilación constante de datos de localización, en muchas ocasiones sin que el poseedor sea consciente, permite recoger también los llamados datos especialmente protegidos en los supuestos en que el usuario visita repetidamente un hospital, un centro de culto o bien la sede de un partido político determinado. Los usuarios de estos terminales ignoran que están enviando su paradero constantemente y desconocen también con qué finalidad se almacenan sus datos. En escasas ocasiones el interesado ha proporcionado su consentimiento para su tratamiento, por lo que no puede considerarse legalmente válido puesto que el consentimiento no puede ser logrado mediante la aceptación de las condiciones generales y debe de ser específico para los diferentes fines para los que se procesen los datos.

 

Cómo corregir los posibles defectos de origen de las apps.

Siguiendo el Dictamen 02/2013 del Grupo de Trabajo del Artículo 29 sobre Protección de Datos http://ec.europa.eu/justice/policies/privacy/docs/wpdocs/2011/wp185_en.pdf los riesgos de las aplicaciones de los dispositivos inteligentes podrían evitarse haciendo uso de ciertas prácticas. Utilizar el sistema de la privacidad por defecto, permitiría que con anterioridad a que el usuario descargara una aplicación, estaría informado de quien recoge su información y para qué es utilizada, qué parte está siendo compartida, con quien y con qué propósitos. La transparencia debería  desempeñar un papel clave en todo el proceso para que los usuarios pudieran tomar una decisión informada sobre el uso de la aplicación. Asimismo, se requeriría minimizar y limitar la información recopilada, para que fuera razonable, no excesiva y para que el período de almacenamiento de datos fuera el más breve posible.

 

Al mismo tiempo, se aconseja conocer la identidad y los datos de contacto del responsable del tratamiento para poder ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición y convendría averiguar la razón por la que se conserva la información y por cuánto tiempo se ha de guardar y bajo qué justificación.  Si con posterioridad la aplicación modificara sus propósitos y quisiera utilizar los datos personales para otra finalidad distinta de la que preveía inicialmente, el proveedor de la aplicación debería ponerse en contacto con el usuario e informarle sobre sus nuevos usos y obtener su permiso. Convendría que no existieran las actualizaciones secretas y el usuario habría de estar advertido sobre cualquier cambio sustancial de la aplicación que afecte a su privacidad. También recomendamos tomar las medidas de autenticación de usuario mediante métodos adaptados a los riesgos y establecer tanto la medida de autenticación inicial para el acceso al dispositivo como un extra para utilizar la aplicación.

 

Teresa de Gea

Abogada – Máster en Derecho de Internet y Nuevas Tecnologías

Licenciada en Ciencias Políticas y de la Administración

 

 

 

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